El Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo fue aprobado por el Gobierno para controlar la entrada y salida de cada empleado. Además, la empresa deberá guardar el registro de control horario durante 4 años
Solicitar Presupuesto ContratarSe establecen multas de hasta 6.250 € como consecuencia de su incumplimiento
Disfruta de la comodidad de tener los registros horarios que necesites a tu alcance
Listo para funcionar en el momento sin necesidad de instalar ningún programa
Puedes acceder desde cualquier dispositivo: móvil, Tablet o PC con un solo clic
Registro de la jornada laboral:
Sistema de geolocalización integrado.
Registro de vacaciones:
Calendario de equipo de trabajo.
Registro de incidencias horarias:
Informes horarios detallados.
- Evalúa el rendimiento individual
- Control de los distractores o ladrones del tiempo de los empleados.
- Combate el absentismo laboral.
- Optimiza la jornada laboral al máximo.
- Mejora la productividad colectiva.
- Control de turnos de los empleados y sus tiempos de trabajo.
- El seguimiento del tiempo y la asistencia aumentan la eficacia y la fluidez de los empleados.